FALTAN13 días
Las empresas dedicadas a la actividad:
bancaria, de seguros, comercio, servicio y todas las empresas cuyo ejercicio fiscal cerró el 31 de diciembre de 2011
deben actualizar su Matrícula de Comercio hasta el 31 de mayo
FALTAN13 días
1. Formulario Nº 0090 de solicitud de Registro de Finalización de Actividades, Cierre y Cancelación
de Matrícula de Comercio, con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el
propietario o representante legal debidamente facultado.
2. Balance original de cierre firmado por el propietario o representante legal y por el profesional que
interviene, acompañando la solvencia profesional original otorgada por el Colegio de Auditores o
Contadores.
3. Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que la empresa unipersonal o comerciante
individual cuente con la Matrícula de Comercio actualizada.
Descargue y llene el formulario desde su computadora.
Formulario 0090Seis días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente a su ingreso ante el Registro de Comercio.
ConceptoActo mediante el cual, el comerciante individual en forma voluntaria realiza la cancelación de su Matricula de Comercio como efecto del cierre de su establecimiento de comercio.
Marco legalEsta figura se encuentra prevista en el Código de Comercio, en su Art. 30 y 12 del D.S.15191.
ProcedimientosEl cliente debe presentar la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, la misma que previa su constatación efectúa el cobro del arancel correspondiente y emite el código de trámite que identifica el cargo de recepción.
Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisis legal y verificar el cumplimiento de las formalidades establecidas, puede registrar la cancelación de la Matrícula de Comercio o en su caso observar el trámite.
- En el primer caso, el Analista Jurídico procede a digitar las partes pertinentes de la documentación correspondiente al trámite. Luego, se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente, pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extender el respectivo certificado de registro.
- En caso de existir observaciones al trámite, se emite una nota de devolución del trámite en la que se especifique las observaciones que determinan las razones por las que el mismo ha sido observado y cómo puede subsanarse; derivándose los documentos a Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.